Saturday, July 4, 2009

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LEGALIZAMOS Y APOSTILLAMOS DOCUMENTOS DE LA REPUBUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

APOSTILLAMOS CUALQUIER DOCUMENTO DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ENTRE 2 Y 5 DIAS: http://www.tudiligencia.com/ // tudiligencia@yahoo.com citas para pasaporte tudiligencia@gmail.com o llamar por los teléfonos 0414-1103961 // 0416-8172858 // 0212-8830856 // 0212-8371168 Sr. Marcos Rojas
LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS.
La legalización de documentos es el procedimiento que da validez oficial y legal a los documentos expedidos en Venezuela para ser utilizados dentro y fuera del país. Entre estos se encuentran las Actas de Matrimonios, Nacimientos, Divorcios, Títulos Universitarios, Notas Certificadas que hayan sido expedidos en Venezuela y van para cualquier país del acuerdo de La Haya deben ser legalizados de acuerdo con la legislación de cada de cada uno de ellos.

2. Convenio de la Haya.
El presente Convenio se aplicará a los documentos públicos que hayan sido autorizados en el territorio de un Estado contratante que deban ser presentados en el territorio de otro Estado contratante.
Entre Los países firmaron el Convenio de la Haya el 5 de octubre de 1961: Alemania, Andorra, España, Argentina, Colombia, Estados Unidos de América, Italia, Venezuela, entre otros.
La información correspondiente a esta legalización debe ser facilitada por el Ministerio de Interior y Justicia, luego para obtener el sello de la HAYA debe dirigirse al Ministerio de Relaciones Exteriores, los documentos sellados con la Apostilla de la Haya no requieren legalización vía diplomática. Estos procedimientos
3. Convenio Andrés Bello.
La legalización de documentos expedidos por los países firmantes del Convenio Andrés Bello, requieren legalización por vía diplomática. Los países firmantes de este convenio son: Bolivia, Colombia, Cuba, Chile, Ecuador, España, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela.

Esta legalización requiere:
Reconocimiento, por las autoridades del ministerio de educación, y Minist. de educ. Superior, de las firmas que figuran en el documento original, cuando se trate de documentos acreditativos de estudios.
El reconocimiento, por las autoridades del departamento correspondiente del país de origen, de las firmas que figuran en el documento original, cuando se trate de documentos acreditativos de nacimiento y nacionalidad o de cualquier otra circunstancia.
Traducción de documentos expedidos en idioma extranjero
Todos los documentos expedidos en idioma extranjero por las autoridades competentes del país de origen deberán presentarse acompañados de la traducción al idioma del Pals que lo requiera, El Ministerio de Interior y Justicia tiene una lista de estos traductores legalizados.

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